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Pues, la respuesta se encuentra en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. ¿Qué dice la ley 29783 al respecto del peligro inminente?

La Ley 29783, en el artículo 63 refiere:

Articulo 63: El peligro inminente en seguridad y salud en el trabajo
Párrafo del artículo 63 de la Ley 29783, sobre el peligro inminente.

Interpretación del artículo 63, el peligro inminente

Esto quiere decir que el trabajador puede interrumpir sus actividades siempre y cuando se encuentre en una situación que pueda ocasionarle una lesión o sea un peligro para su salud, por lo que puede retirarse del área de trabajo o parar las actividades hasta que el riesgo haya sido controlado.

La interrupción de actividades para evitar accidentes.

¿Qué debe hacer el empleador?

De acuerdo a lo indicado en el artículo 63, se debe realizar lo siguiente:

  • Establecer un procedimiento o instructivo en el que se detalle la interrupción de actividades en caso de peligro inminente.
  • Registro de la difusión de la interrupción de actividades.

Dependiendo de las circunstancias, y mientras dure la paralización de las actividades, el empleador puede otorgar al trabajador licencia, vacaciones anticipadas u otro medio que no perjudique la situación del trabajador.

Conclusiones finales

En el trabajo uno puede estar expuesto a una situación grave que pueda generarnos un daño crítico o severo a nuestra salud, en esta situación uno como trabajador puede evitar realizar determinada tarea hasta que las condiciones de seguridad sean favorables.

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