Pues, la respuesta se encuentra en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. ¿Qué dice la ley 29783 al respecto del peligro inminente?
La Ley 29783, en el artículo 63 refiere:
Interpretación del artículo 63, el peligro inminente
Esto quiere decir que el trabajador puede interrumpir sus actividades siempre y cuando se encuentre en una situación que pueda ocasionarle una lesión o sea un peligro para su salud, por lo que puede retirarse del área de trabajo o parar las actividades hasta que el riesgo haya sido controlado.
¿Qué debe hacer el empleador?
De acuerdo a lo indicado en el artículo 63, se debe realizar lo siguiente:
- Establecer un procedimiento o instructivo en el que se detalle la interrupción de actividades en caso de peligro inminente.
- Registro de la difusión de la interrupción de actividades.
Dependiendo de las circunstancias, y mientras dure la paralización de las actividades, el empleador puede otorgar al trabajador licencia, vacaciones anticipadas u otro medio que no perjudique la situación del trabajador.
Conclusiones finales
En el trabajo uno puede estar expuesto a una situación grave que pueda generarnos un daño crítico o severo a nuestra salud, en esta situación uno como trabajador puede evitar realizar determinada tarea hasta que las condiciones de seguridad sean favorables.